ROL DE AVALÚOS Y CONTRIBUCIONES BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLAS
SITIOS NO EDIFICADOS, PROPIEDADES ABANDONADAS O POZOS LASTREROS 2025
Señor contribuyente:
La ley No 17.235, sobre Impuesto Territorial, dispone que los bienes raíces no agrícolas, que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas, de todas las comunas del país, deben ser objeto de un reavalúo cada año. Por esta razón, a contar del 1 de enero de 2025, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha emitido el rol de avalúos para cada comuna.
Para mejor comprensión y lectura de los datos registrados en el presente rol de avalúos, considere los siguientes puntos:
La descripción de los códigos de destino de los bienes raíces es la siguiente:
Para las propiedades con destino otros no considerados y sitio eriazo se agregará, cuando corresponda, el monto de la tarifa por concepto de aseo
domiciliario que determina cada municipalidad, en los respectivos boletines de cobro de contribuciones.
Si requiere mayor información de este proceso, puede ingresar a la página web del Servicio www.sii.cl También puede solicitar información en los
módulos de Atención al Contribuyente y en los Departamentos de Avaluaciones del SII distribuidos a lo largo del país.