MANUAL DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES
VIGENCIA DEL DIRECTORIO

1.8.1 ¿CÓMO OBTENER UN CERTIFICADO DE VIGENCIA DE LA PERSONA JURIDICA Y DE DIRECTORIO UNA VEZ PRESENTADO EL PROCESO ELECTORAL?

Luego de trascurridos 20 días hábiles contados desde el día del depósito de la documentación del proceso electoral, y si no existiera ninguna reclamación interpuesta en el Tribunal Electoral Regional (TER), la elección se considerará válida y el Secretario Municipal deberá enviar la información del registro público de directivas al Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación, para que el nuevo directorio sea incorporado al Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, con lo cual, la organización podrá obtener su Certificado de Vigencia Definitivo, cuya emisión es gratuita y se puede obtener tanto en las oficinas del Registro Civil, como en la página web: www.registrocivil.cl, para ser solicitado a través del sitio web de Registro Civil, debe conocer el número de inscripción, éste puede ser obtenido a través de la transparencia activa de la municipalidad La Reina en:

> Registros Públicos de Organizaciones Vigentes, luego ingresar en > Juntas de Vecinos.

El Certificado de Vigencia Provisorio de la Persona Jurídica y de Directorio, podrá ser solicitado en la Secretaría Municipal por cualquier miembro de la organización, a partir del depósito de los antece­dentes del proceso electoral.
(Art. 6° Bis, Ley N°19.418)

En el caso de existir reclamación ante el TER, este Certificado de Vigencia Provisorio podrá ser renovado por periodos iguales, de 30 días cada uno, hasta que el fallo del TER se encuentre ejecutoriado.

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MANUAL DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES
VIGENCIA DEL DIRECTORIO
1.8.1 ¿CÓMO OBTENER UN CERTIFICADO DE VIGENCIA DE LA PERSONA JURIDICA Y DE DIRECTORIO UNA VEZ PRESENTADO EL PROCESO ELECTORAL?

Luego de trascurridos 20 días hábiles contados desde el día del depósito de la documentación del proceso electoral, y si no existiera ninguna reclamación interpuesta en el Tribunal Electoral Regional (TER), la elección se considerará válida y el Secretario Municipal deberá enviar la información del registro público de directivas al Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación, para que el nuevo directorio sea incorporado al Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, con lo cual, la organización podrá obtener su Certificado de Vigencia Definitivo, cuya emisión es gratuita y se puede obtener tanto en las oficinas del Registro Civil, como en la página web: www.registrocivil.cl, para ser solicitado a través del sitio web de Registro Civil, debe conocer el número de inscripción, éste puede ser obtenido a través de la transparencia activa de la municipalidad La Reina en:

> Registros Públicos de Organizaciones Vigentes, luego ingresar en > Juntas de Vecinos.

El Certificado de Vigencia Provisorio de la Persona Jurídica y de Directorio, podrá ser solicitado en la Secretaría Municipal por cualquier miembro de la organización, a partir del depósito de los antece­dentes del proceso electoral.
(Art. 6° Bis, Ley N°19.418)

En el caso de existir reclamación ante el TER, este Certificado de Vigencia Provisorio podrá ser renovado por periodos iguales, de 30 días cada uno, hasta que el fallo del TER se encuentre ejecutoriado.

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