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ORGANIGRAMA MUNICIPAL.


Alcalde
José Manuel Palacios Parra

El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. En la condición antedicha, el Alcalde deberá presentar oportunamente y en forma fundada a la aprobación del Concejo, el Plan Municipal, el Plan Regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.

Además, deberá presentar para aprobación del concejo la política de recursos humanos, la cual deberá contemplar, a lo menos, los mecanismos de reclutamiento y selección; promoción y capacitación, y egreso. En este proceso los alcaldes podrán considerar la opinión de un comité bipartito conformado en los términos del número 5 del artículo 49 bis. Dicha política podrá incluir también diversos planes piloto relacionados con el recurso humano, a fin de permitir un mejor desempeño laboral. (Art. 56, Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades).

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Administrador Municipal
Enrique Orrego Espinosa

El administrador municipal tiene por objeto ser el colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio, y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el reglamento municipal y las que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.

A su cargo se encuentran las Unidades de Relaciones Públicas, Informática, y Mantención y Reparaciones.

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Director SECPLAN
Víctor Tapia Villalobos

La Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del alcalde y del concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales. En tal carácter, le corresponderán, entre otras, las siguientes funciones:

  • Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
  • Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos de plan comunal de desarrollo y de presupuesto municipal.
  • Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente.
  • Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.

    Adscrito a esta unidad existe la asesora urbanista, quien debe asesorar al alcalde y al concejo en la promoción del desarrollo urbano, estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias, e informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.

 

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Directora (s) DAJ
Cecilia Vivanco Cerda

La Dirección Jurídica está encargada de prestar apoyo en materias legales tanto al Alcalde como al Concejo Municipal. Además, informará en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias, y mantendrá al día los títulos de los bienes municipales.

Podrá, asimismo, iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del Alcalde, en todos aquellos juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y si el Alcalde así lo determine.

Además, cuando lo ordene el alcalde, deberá efectuar las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier unidad municipal, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a la asesoría jurídica.

A su cargo se encuentra el Encargado de Transparencia Municipal y el programa La Reina Te Defiende.

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Director de Control
Juan Carlos Ready Rica

A la unidad encargada del control le corresponderán, entre otras, las siguientes funciones:

  • Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación.
  • Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.
  • Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible.
  • Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras.
  • Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél puede requerir en virtud de la ley.
  • Realizar una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen.

 

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Director DAF
Cristián Martínez Díaz

La unidad encargada de administración y finanzas tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

  • Asesorar al alcalde en la administración del personal de la municipalidad.
  • Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente: 1.- Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales; 2.- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal; 3.- Visar los decretos de pago; 4.- Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto; 5.- Controlar la gestión financiera de las empresas municipales; 6.- Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y 7.- Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
  • Informar trimestralmente al concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio y las corporaciones municipales. Al efecto, dichas corporaciones deberán informar a esta unidad acerca de su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar.
  • Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio. En todo caso, cada concejal tendrá acceso permanente a todos los gastos efectuados por la municipalidad.
  • Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, los antecedentes precedentes.

 

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Director DOM
Carlos Lineros Echeverría

A la unidad encargada de obras municipales le corresponderán, entre otras, las siguientes funciones:

  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes
  • Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
  • Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
  • Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
  • Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural;
  • Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y
  • En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna

 

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Directora (s) de Tránsito
Teresa Ibáñez Quinteros

A la unidad encargada de la función de tránsito y transporte públicos corresponderá:

  • Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos;
  • Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la
  • Administración del Estado competentes;
    Señalizar adecuadamente las vías públicas, y
  • En general, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna

 

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Director DIMAO
Rodrigo Abrigo Villena

A la unidad encargada de la función de medio ambiente, aseo y ornato corresponderá velar por:

  • El aseo de las vías públicas,  parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna.
  • El servicio de extracción de basura.
  • La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna.
  • Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente.
  • Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia.
  • Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental.

 

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Secretario Municipal
Juan Echeverría Cabrera

La Secretaría Municipal es la responsable de:

  • Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del concejo.
  • Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.
  • Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley N° 18.575.
  • Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6° de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.

 

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Director de Seguridad
Enrique Bassaletti Riess

La Dirección de Seguridad y Prevención del Delito, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes tareas:

  • Planificar, organizar, dirigir y controlar los programas de acción destinados al cumplimiento de los objetivos de la dirección
  • Denunciar a las autoridades policiales las situaciones que pudieren afectar la seguridad ciudadana y requerir su solución cuando proceda
  • Informar al alcalde respecto de aquellas materias relacionadas con el ordenamiento territorial y seguridad ciudadana para la toma de decisiones institucionales.
  • Evaluar el correcto uso de los recursos destinados a esta dirección
  • Llevar registros y estadísticas de los hechos relevantes que se detecten en la comuna

 

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Directora (s) DIDECO
Nicol Escobar Olivares

La unidad encargada del desarrollo comunitario tendrá como funciones específicas:

  • Asesorar al alcalde y, también, al concejo en la promoción del desarrollo comunitario
  • Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio
  • Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo

 

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Concejo Municipal

Manuel Covarrubias Cerda
Cristián del Canto Quiroga
Fernando Encina Waissbluth
Mauricio Martin Hartwig
Rodolfo del Real Mihovilovic
María José Herrera Brummer
Cecilia González Hansen
Fresia Pérez González

El concejo Municipal es un órgano colegiado de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, entre ellas:

  • Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas, como asimismo, la información, y la entrega de la misma
  • Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan;
  • Aprobar la participación municipal en asociaciones, corporaciones o fundaciones;
  • Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal
  • Aprobar el presupuesto municipal
  • Fiscalizar las unidades y servicios municipales

 

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